Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano Leonardo Javier Salazar Guilarte, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 21.926.055, de profesión u oficio pescador, de 22 años de edad, nacido en fecha 24-04-86, hijo de Jesús Salazar y Yariza Guilarte y domiciliado en Rió Caribe, Calle la Gloria Ecuador, casa N° 15, Carúpano, cerca del bar doña chelo, Municipio Benítez del Estado Sucre; por considerarlo presuntamente incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el segundo y último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250, en sus tres ordinales, 251, ordinal segundo y 252, ordinal s.....