Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado LUIS FELIPE LEAL TOTESAUT, Venezolano, mayor de edad, en su carácter de Defensor del ciudadano ADRIAN JOSE JIMENEZ MARCANO, seguida en la causa Nº RK11-P-2002-000020, contra Sentencia dictada en el Juicio Oral y público por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, llevado a cabo durante los días 7, 10 y 15-06-2004, y publicada en fecha 01 de Julio de 2004, mediante el cual se condenó al acusado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la Comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, en los términos que han quedado expuestos. SEGUNDO: SE ANULA la decisión recurrida. TERCERO.....