´En consecuencia este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, LIBERTADOR, BENITEZ, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE AL CIUDADANO: ROGELIO DEL JESUS GOMEZ COLL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.664.865, sus derechos COMO ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de su esposa, ciudadana: ESTILITA JOSEFINA MARQUEZ DE GOMEZ, quien en vida fue titular de la cedula de identidad N° V-1.919.498, fallecida ab-intestato, el dos (02) de julio de 2025, en Carúpano, parroquia Santa Rosa, Municipio .....