este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 44 y 45 concatenados en el articulo 313 numeral 8, todos del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado JESUS MANUEL SALAZAR VASQUEZ, venezolano, natural de Cariaco, nacido en fecha 08/04/1984, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.702.224, soltero, de profesión u oficio marino, hijo de los ciudadanos Jesús Salvador Salazar Lozada y Tibisay del Valle Salazar Vásquez, residenciado en la Calle San Martín, Sector Corocoro, Casa Sin Nº cerca del Bar Corocoro, Chacopata, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciud.....