Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al ciudadano AGUSTIN ANTONIO GARCIA HERNÀNDEZ, venezolano, de 38 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.773.959, nacido en fecha 19-10-73, residenciado en Cumanagoto Norte, vereda 14, casa N° 08 Cumaná, Estado Sucre; por el delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ODALIS DEL CARMEN BRUZUAL., a cumplir la pena de CINCO (05) MESES DE PRISIÓN MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, de conformidad con el artículo 16 del Código Pen.....