AUTORIZACIÓN JUDICIAL, en consecuencia AUTORIZA a la ciudadana MIRIAN JOSEFINA CABELLO DE APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-8.653.936, domiciliada en la Urbanización Bermúdez, Bloque 24, Letra "C" Apto. 01, Cumaná, Estado Sucre, Cumaná, Estado Sucre, para que pueda Tramitar, gestionar y cobrar Prestaciones Sociales, Fideicomiso Laboral, Caja de Ahorros, Paro Forzoso, Pensión del Seguro Social, Ley de Política Habitacional, Pensión de Sobreviviente y/o cualquier otro beneficio social por ante el Seguro Social y cualesquiera otra Institución Publica y/o Privada que le corresponde a su hija la adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diecisiete (17) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.899.208, Como consecuencia del fallecimiento de su progenitor el de De Cuj.....