DECRETA: la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano: Pedro Miguel Rivera Ramos Venezolano, natural Río Caribe Municipio Arismendi Estado Sucre, nacido en fecha 25-07-1986, de 27 años de edad, de oficio obrero, hijo de José Ángel Rivera Y Marbelis Ramos, residenciado en el sector La llanada de Puerto Santo, calle Principal, casa S/N cerca del ambulatorio y la licorería santa ana, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y Miguel Ramos González, Venezolano, natural Carúpano, nacido en fecha 22-04-1981, de 33 años de edad, de oficio obrero, hijo de Juan Bautista Ramos (fallecido) y Juana Lucila González, residenciado en el sector el Guarico de Puerto santo, en la entrada, casa S/N cerca de la caja de agua, Municipio Arismendi del Estado Sucre; por la comisión del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código penal, en perjuicio de LUIS JOSE MARCANO ACOSTA, y establece un régimen de pruebas por el lapso de Seis (06) meses, contado a part.....