este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Libertad Sin Restricciones, a favor del ciudadano Jorge Luís Sucre Estrada, venezolano, natural de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.415.648, nacido en fecha 09-07-1987, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Luís Sucre y Francisca Estrada, y residenciado en la Comunidad de Guayabal, Calle Principal, Casa S/N, cerca del Bar La Esquina, Parroquia El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano, toda vez que ciertamente de las actuacione.....