y de este domicilio y estudiadas como han sido las declaraciones de las testigos ciudadanos: GUILLERMO RAMÓN TINEO CARABALLO y DANIEL ANTONIO ROSAL, Venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 1.911.905 y 2.243.779, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante la Notaria Pública del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Extinto: ZARINA ESTHER MALAVÉ MARCANO, al ciudadanos: HÉCTOR ENRIQUE (Difunto), CESAR AUGUSTO y CARLOS GERALDO VÁSQUEZ MALAVÉ y al solicitante, ciudadano: ISIDORO SOSIMO VÁSQUEZ BOADA, venezolana.....