Por lo tanto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR la demanda intentada por JESÚS HERIBERTO GUTIÉRREZ MAZO, contra ELIZABETH MALAVÉ, por la pretensión de ejecución de la hipoteca que se constituyó para garantizar un préstamo por la cantidad de Ocho Millones Doscientos Treinta y Dos Mil Bolívares (Bs. 8.232.000,oo), que reconvertidos a la nueva escala monetaria son equivalentes a OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS BOLÍVARES (Bs. 8.232,oo); sus intereses a la rata del uno por ciento (1%) mensual calculados desde el 20 de septiembre de 2006 hasta la culminación del juicio; y gastos extrajudiciales por la cantidad de Cinco Mil Bolívares (Bs. 5.000,oo).