ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en el presente asunto seguido al ciudadano VICTOR ALFONZO MILLAN CORDOVA, venezolano, natural de Carúpano, estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 16.257.228, de 31 años de edad, nacido en fecha 03/07/1984, soltero, T.S.U en Mercado, actualmente trabaja en TRASBANCA, hijo de Víctor Millán y Emma Córdova, residenciado en Calle Principal, Urbanización CANTV, casa Nº 01 Canchunchu Viejo, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE CÓMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el articulo 458 en relación con el articulo 84 ordinal 3° ejusdem en perjuicio del ciudadano de LISBEL ZAPATA, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se mantienen las medidas impuestas en fecha 13 de los corrientes. Se emplaza a las partes para que en el plazo común de Cinco (05) días, concurran ante el Tri.....