Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION de la Instancia en el presente juicio introducida por el ciudadano SANTOS MUÑOZ VENALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.010.367, domiciliado en calle el Espejo de San Martín, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, representa por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, contra la ciudadana KEILYS JOSÉ DÍAZ PLAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 23.584.121, domiciliada en el Sector La Lagunita, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 Ejusdem. Así se decide.-