Por las razones de hecho y de derecho antes expresadas, este Juzgado Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud formulada la Fiscal Sexta del Ministerio Público; y en consecuencia, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del ciudadano JOVANNY RAFAEL RODRIGUEZ GUERRA, venezolano, de 16 años de edad, nacido en fecha 17/06/1995, titular de la cédula de identidad N° V-24.874.859, de profesión u oficio pescador, hijo de los ciudadanos Carolina Guerra y Jovany Rodríguez, residenciado en Mochima, Calle Principal, casa N° 22, cerca de la Plaza La Propela, Municipio Sucre, Estado Sucre, a quien se le inicio investigación por la presunta comisión del delito de lesiones personales genéricas culposas, previsto en el artículo 413 en relación con el artículo 420 del Código Penal, cometido en perjuici.....