Con Fundamento en los Razonamientos Expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada PAOLA DI BISCEGLIE, Defensora Pública Auxiliar Cuarta, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en este como Defensora del ciudadano YASMIL YOILAN MEDINA PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.572.530, en contra de la decisión dictada en fecha 26 de Noviembre del año 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná; mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del referido imputado, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delitos ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA, previs.....