este Tribunal Penal Itinerante en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por decisión dictada conforme a lo establecido en el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a ALIAN JOSE ZORRILLA FIGUEROA, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 33 años de edad, nacido en fecha 07-10-1980, de profesión u oficio Barbero, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad número V- 14.311.294, hijo Gisela Maria Figueroa y Rómulo Zorrilla, residenciado en Yaguaraparo, Invasión Fundo San Juan, Casa S/N, cerca de la Cada Hogar de la Invasión, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por la presunta comisión delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, por considerar que no existe la posibilidad de incorpor.....