este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, Ordena: La Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido al Acusado Gerino José Lattan, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.201.546, , nacido en fecha 02-10-1990, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Neris Lattan y padre desconocido, y residenciado en el Sector La Antena, Calle Principal, Casa N° 02, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de: Robo de Vehículo Automotor Agravado, previsto y sancionado en el artículo 5, en concordancia con el artículo 6 numerales 1°, 2° y 3° .....