Este Tribunal considerando que el abandonar el régimen Abierto, antes de que el Tribunal acuerde o no sus peticiones, implica el incumplimiento de las obligaciones impuestas. Este Tribunal Segundo de Ejecución, en consecuencia ordena la captura y posterior privación de libertad de los ciudadanos penados ANGEL EDUARDO GARCIA RIVERO, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 23-08-1984, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.995.491, residenciado en la calle García, Sector Puerto España, casa No. 53, de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre y EDGAR JOSE GONZALEZ NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 13-02-1987, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.899.338, residenciado en la calle García, Sector Puerto España, casa S/N, de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, condenados a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 de.....