Decreta El Sobreseimiento De La Presente Causa, de conformidad con lo establecido en el articulo 300 numeral 3, en relación con los artículos 28 numeral 5 y 49, numeral 1, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa seguida al ciudadano Luis Antonio Cortesia Rodrìguez, Venezolano, natural de Cumana, mayor de edad, nacido en fecha: 07-03-1969, de profesión pescador, soltero, Titular de la Cédula de identidad Nº V-11378.491, hijo de: Luís Manuel Cortesía y Evelia Margarita Rodríguez, residenciado: En la Esmeralda, sector el relleno, casa S/N, cerca del Modulo Policial, Municipio Ribero del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de Privaciòn Ilegìtima De Libertad, previsto y sancionado en el artículo 174, del Código Penal, Violencia Sexual, previsto y sancionado en el artículo 43, tercer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, y Homicidio Calificado Por Motivos Fùtiles E Imnobles , previsto y sancionado en e.....