Este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, declara extinta la pena de: DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, impuesta al ciudadano: CARLOS VICENTE GARCÍA ALEIZOLA, venezolano, de 56 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.215.997, casado, nacido el 25-12-53, de oficio Comerciante, hijo de Ana Aleizola y Vicente García, residenciado en Urbanización Cumaná Cuarta, Piso 4, apartamento 32 Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de: APROVECHAMIENTOS FRAUDULENTOS DE FONDOS PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 74 primer aparte de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se acuerda notificar al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecució.....