este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda sustituir la Medida Privativa de Libertad que pesa sobre el imputado MOISES RAFAEL RODRIGUEZ GONZALEZ de nacionalidad venezolana, natural de cumana, Estado Sucre, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de oficio estudiante, nacido en fecha 19-06-1993, titular de la cédula de identidad N° 22.631.821, hijo de Luisa González y Jesús Rodríguez, residenciado en la Urbanización la Llanada, sector 03, vereda 21, casa Nº 07, Cumaná, Estado Sucre, Quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los Artículo 458 del Código Penal en perjuicio del ciudadano FELIX JOSE LISTA MANEIRO; OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO