Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICION, planteada por la abogada JESSYBEL BELLO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 11.826.146, actuando con el carácter de Jueza Primera de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, de conocer la causa N° RJ01-P-2012-000027, seguida en contra del ciudadano JOSÉ VICENTE BOSSIO ACOSTA, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, LESIONES GRAVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA y LESIONES INTENCIONALES LEVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, en perjuicio de los ciudadanos JOSÉ JESÚS SALAS MUDARRA (Occiso), JOSÉ RAMÓN CAÑA MUDARRA, ÁNGEL LUIS REYES MAN.....