este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DISUELTO el matrimonio contraído por los ciudadanos ANTONIO MARCELINO VALDERRAMA y VITA MODESTA VALDIVIEZO, por ante la Prefectura del Municipio Ribero, del Estado Sucre, en fecha 06 de octubre de 1.975, según Acta N° 70, todo de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil. Así se decide.-