En consecuencia, este Tribunal le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicha Transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- En tal sentido, se ordena levantar la Medida de Embargo Ejecutivo, Decretada por este Juzgado en fecha Veintiocho (28) de Octubre del año Dos Mil Trece (2013), y practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Veinte (20) de Marzo de 2014, sobre un vehículo propiedad del demandado, MARCA: CHEVROLET; MODELO: MALIBU; PLACA: AA148UR, COLOR: BLANCO; SERIA DE CARROCERIA: 1T69ABV318689, CLASE: SEDAN: USO: PARTICULAR.- En tal virtud, ofíciese al Estacionamiento y Transporte EL VENEZOLANO, S.R.L., en la persona de su Gerente, en su carácter de Depositario Judicial de dicho bien, a fin de hacer de su conocimiento del levantamiento de dicha medida, asimismo que el mencionado ciudadano proceda hacer entrega a la parte demandada los bienes .....