Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN JURATORIA, a favor de los imputados: MARIAN DEL ROSARIO ROMERO GUTIERREZ, venezolana, natural de Margarita, Estado Nueva Esparta, de 31 años de edad, nacida en fecha 22-09-1983, de estado civil Divorciada, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.932.789, de profesión u oficio del hogar, hija de Taide Gutiérrez y Jesús Romero, y residenciada en: Las Pionias, Calle Mariño, Casa S/N, cerca de la Estación de Gasolina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y JOSE GREGORIO BOLIVAR GUTIERREZ, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 21 años de edad, nacido en fecha 16-09-1993, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.622.367, de profesión u oficio Pecador, hijo de Rafael Bolívar y Taide Gutiérrez, y residenciado en: Las Pionias, Calle Mariño, Casa S/N, cerca de la Es.....