Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano JHONNY MARIA ALCALA RAMOS, venezolano, natural de Guiria, de 23 años de edad, nacido en fecha 11-12-86, de estado civil Soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.554.893, de profesión u oficio: Obrero, hijo de Natividad Alcalá y Carmen Ramos y residenciado en El Sector La Frontera, Calle Principal, Nº 3, cerca del puente, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YUSANNY DEL VALLE RODRIGUEZ BAEZ, consistentes en prese.....