Por todo lo antes narrados Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, ACUERDA: sustituir la Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada por este Tribunal, en fecha 10-09-2010, en contra de la imputada ZOLIANNY DEL VALLE RIVAS TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.627.574, nacida en fecha 23-02-1982, de 28 años de edad, de profesión u oficio del hogar, hija de Andrés Avelino Rivas y Santa Modesta Torres, residenciada en el barrio La Viña, detrás del aeropuerto, casa numero 60, en el fondo queda la bodega del huequito, detrás de la gran parrilla. Parroquia santa Catalina, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en consecuencia, es perfectamente aplicable una MEDIDA DE COERCION PERSONAL, En atención a los dispuesto en el artículo 245 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta medida de detención domiciliaria a que se contrae el ordinal 1° del artículo 256 de.....