En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos, LUIS ALBERTO ALARCÓN FLORES e IREY COROMOTO GOMEZ SANCHEZ quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-10.980.471 y V- 5.587.495, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio, JESÚS J. CARABALLO R, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 43.988, de este domicilio. quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Primera Autoridad de la Parroquia Altagracia, del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha 21 de diciembre de mil novecientos noventa y seis (21-.....