DECRETA: Materializada la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, Bajo Caución Económica, al imputado CIRILO ANTONIO ALVINO TAVARE, venezolano, natural de El Pilar, soltero de 38 años de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Número V- 14.291.307, nacido en fecha 13/09/1977, hijo de Dominga Tavare y Cirilo Alvino, residenciado en La Calle Principal de la Invasión de la Comunidad de Guasimal, abajo, casa S/N, a 50 metros después de la escuela, El Rincón, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de DAÑO CON OCASIÓN DE VIOLENCIA, previsto y sancionado en el articulo 474 del Código Penal en perjuicio GILBERTO AGUILERA, RAMON PANTE, MARIO MARCANO y RONALD OBANDO; LESIONES PERSONALES DEL TIPO PENAL BASICO, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal en perjuicio de SAUL ALFONSI y MARIO MARCANO, y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto en el artículo 218 del Código Penal del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENE.....