este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, condena al acusado ALIRIO RAMÓN CASTILLO GÓMEZ, de 35 años de edad, nacido en fecha 08-05-74, titular de la Cédula de Identidad N° 22.926.149, natural de Cariaco, hijo de Gilberto del Valle Gómez y Alejo Marcelino Castillo, de profesión u oficio cristalero, soltero, residenciado en el Caserío Terranova, calle las flores, casa N° 42, Municipio Ribero del Estado Sucre, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal; asimismo DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en cuanto respecta al delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal en perjuicio del ciudadano JOSÉ ÁNGEL FIGUERA, todo de conformidad con lo previsto en los artícu.....