Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 31 de Agosto de 2015, por el Tribunal Primero de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a DAVID JOSÉ SALAZAR SALAZAR, venezolano, natural de Carupano, Estado Sucre, soltero, titular de la Cédula de Identidad V- 19.330.414, de profesión u oficio Comediante Informal, de 28 años de edad, hijo de Dorys Salazar y David Ordaz (F), nacido en fecha 18/07/1987 y domiciliado en Casanay, cerca de la aldea, Municipio Andrés Eloy Blanco, estado Sucre; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de OCULTACIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de .....