este Tribunal Unipersonal procede a pronunciar la parte dispositiva del fallo, lo cual hace en los siguientes términos: Este Tribunal Unipersonal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo pautado en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, tomando en cuenta las reglas de la lógica en cada uno de los testimonios debatidos en el presente juicio; así como los conocimientos científicos y la sana critica, ABSUELVE al ciudadano ADOLFO JOSÉ BLANCO BLANCO, venezolano, de 21 años de edad; titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.093.216, natural de esta ciudad, nacido en fecha 16/01/1990, soltero, Funcionario Agente del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, residenciado en la Urbanización La Llanada, Sector 01, Avenida 04,Casa Nº 24, de esta ciudad, Estado Sucre, hijo de Yovanny Blanco, por la presunta comisión del delito de HOM.....