DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA la Libertad sin Restricciones a favor del ciudadano Carlos Gregorio González, venezolano, natural de Soro, Municipio Mariño del Estado Sucre, indocumentado, de 32 años de edad, nacido en fecha 19/11/1978, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, hijo de Clara González y Carlos Guili González, y residenciado en Soro, Calle 23 de Enero, casa S/N, cerca del módulo de medicatura, Municipio Mariño del Estado Sucre; a quien se le inició investigación por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Líbrese boleta de libertad y mediante oficio remítase al Instituto Autónomo de Policía de Güiria, Municipio Valdez.....