Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 471 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA, la extinción de la Pena impuesta al ciudadano LEONARDO JOSÉ JORDÁN JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 20-12-1978, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.244.473, de profesión u oficio Casado, hijo de Carmen Catalina Jiménez y Yamil Jordán residenciado en la calle el sector Andrés Bello, calle principal, casa S/N, cerca de la Bloquera, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, quien se encuentra cumpliendo la pena de Nueve (09) años, Veintidós (22) días y Doce (12) horas de prisión, por la comisión en concurso real de los delitos de Trafico Ilícito de Sustancia.....