que este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los ciudadanos YOHAN ANTONIO SALAZAR GARCIA, de 19 años de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad N.-22.433.284, soltero, residenciado en el Barrio las Palomas, calle San Antonio, casa s/n de esta ciudad de cumana; JOSE NATIVIDAD RODRIGUEZ, de 35 años de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad N.-13.053.722, soltero, residenciado en el Barrio las Palomas, calle San Antonio, casa s/n de esta ciudad de cumana; PABLO ANTONIO BOADA, de 35 años de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad N.-12.660.992, soltero residenciado en el Barrio las Palomas, calle San Antonio, casa s/n de esta ciudad de cumana; y YA.....