Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, estima que lo procedente es acordar la solicitud fiscal de RATIFICAR MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD contenidas en el artículo 87 ordinales 5° y 6° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y se impone la numeral 3 del referido artículo, en contra del imputado WILMEN JOSÉ OLLER JIMÉNEZ, venezolano, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.908.046, nacido en fecha 14/12/1981, soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Boca de Uchire, Estado Miranda, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42, concatenado con el artículo 65, ordinal 4, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de MARÍA DEL CARMEN ARCE CASTILLO; consistentes en: PROHIBICIÓN AL AGRESOR DE ACERCARSE AL LUGA.....