Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado JORGE JUAN BADARACCO ORTIZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 39.780, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora; contra la decisión dictada en fecha 30 de Mayo de dos mil dieciséis (2016) por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: se CONFIRMA en todas y cada unas de sus partes la decisión dictada en fecha 30 de Mayo de dos mil dieciséis (2016) por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Primer Circuito Jud.....