Por todo los argumentos anteriormente expuestos éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA, a tenor de lo dispuesto en el artículo 358 y 359 del Código Orgánico Procesal Penal la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO y al ciudadano: VIVIANO ANTONIO REYES RODRIGUEZ, Venezolano, Natural de La llanada de Rio Caribe del Municipio Arismendi, de 40 años de edad, nacido en fecha 02/12/1974, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad V.-14.421.453, y residenciado en Sector La llanada de Rio Caribe, calle principal, saca s/n, cerca de la plaza, Municipio Arismendi del Estado Sucre, Teléfono: 0416-3994746, por la presunta comisión del delito de Disposición de desechos sólidos no peligrosos previsto y sancionado en el articulo 99 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio.....