este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el sobreseimiento de la causa, a favor del ciudadano JESUS RAMON CONTRERAS SALAZAR, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.903.941, soltero, natural de Cumaná; de oficio carpintero, nacido en fecha 30/01/1988; hijo de Teobaldo Contreras y Carmen Salazar; residenciado en Tunantal, Casa Sin N°, vía Mariguitar, Municipio Bolívar, Estado Sucre; a quien se le aperturó investigación por la presunta comisión de uno de los delitos previstos en la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad; ello en virtud de que ¿el hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad¿, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal.