Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en presentaciones periódicas cada cinco (5) días por ante la Unidad del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, impuesta conforme a lo establecido en el articulo 256, al imputado ENYER LUÍS RAMOS DÍAZ, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.376.405, nacido en fecha: 07-07-1992, soltero, de profesión chofer, hijo de Isabel Díaz y Enrique Ramos, residenciado calle la Plata , Canchunchu Viejo, casa S/N, Municipio Bermúdez, Carúpano Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de delito ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sanci.....