Este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara cumplida la medida de seguridad a que estaba sometido el ciudadano: JUAN GABRIEL SUAREZ GUTIERREZ Venezolano, de 24 años de edad, soltero, de oficio pescador, residenciado en el Caserio El Guamache, Sector Guerito, Peninsula de Araya, Jurisdicción del Municipio Cruz Salmeron Acosta del Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-14.009.873 de la establecida en el Artículo 76 Ordinal 1ero de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por sostenerse que el referido ciudadano al recibir las terapias del referido centro dirigidos a la recuperación de la salud fisica y mental obteniendo su desintoxicación, debe ser considerado apto para ser reincorporado al medio social para su desenvolvimiento en la comunidad.