este TRIBUNAL PRIMERO DE PRMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, dicta el correspondiente auto de APERTURA A JUICIO en contra del ciudadano GILBERTH JOSUE SOTILLET MUÑOZ, por la presunta comisión de los delitos de SIMULACIÓN DE SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 04 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio del ciudadano JOSÉ L., AGAVILLAMIENTO, previsto en el artículo 286 del Código Penal; y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescente, en su reforma parcial; cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.