PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Seguidamente este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Visto que el ciudadano PEDRO JOSE OBANDO ROJAS venezolano, natural del Rincón, casado, de 41 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.877.497, nacido en fecha: 15-08-1970, de profesión u oficio pescador hijo de Juana Rojas y de Pedro Obando, residenciado en el sector el Rincón, Urbanización El Cumare, casa numero: 24.999,Municipio Benítez del Estado Sucre, teléfono: 0294-5148580, se encuentra solicitado por el por el Tribunal Tercero de Control, de la ciudad de Maturín del Estado Monagas por el delito de Robo de vehículo Automotor según oficio numero 090, de fecha 22-09-2003, expediente 3C-6199-02, En tal sentido este despacho Judicial dando cumplimiento a lo establecido en el articulo .....