En virtud de las consideraciones antes expuestas el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal primero del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 243 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL CESE DE LAS MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONAL impuesta al procesado ciudadanos JESUS RAMON MARVAL VALLEJO, venezolano, natural de Cumaná Estado sucre, nacido en fecha 17-12-1989 de 20 años de edad, titular de la cedulad e identidad N.- 18.582.155, soltero, de oficio estudiante y residenciado en la ocv Antonio José calle 01, casa n° 01 Cumana Estado Sucre, IVANA MARGARITA RODIGUEZ RODRIGUEZ, venezolana, natural de Cumaná, titular de la cédula de identidad N° 22.627.903, de 19 años de edad, nacida en fecha 05-04-1991, de profesión u oficio estudiante, residenciado en l.....