DISPOSITIVA
Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Mixto Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, por unanimidad resuelve: PRIMERO: Se absuelve al acusado JUNIOR RAFAEL LUGO NORIEGA de 21 años de edad, nacido el 13-04-1.983, de ocupación comerciante, titular de la cédula de identidad N° 16.692.786, hijo de Nicasio Rafael Lugo y Aracelis Noriega de Lugo, y domiciliado en Maracay Estado Aragua, Urbanización Rafael Urdaneta, sector 3, vereda 54, casa 10, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos en el artículo 219 del Código Penal vigente para la época del hecho. SEGUNDO: Se declara culpable al acusado JUNIOR RAFAEL LUGO NORIEGA de la comisión del delito de aprovechamiento de vehículo automotor proveniente de hurto o robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el hurto y robo d.....