REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 20 de Septiembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000141
ASUNTO: RP11-P-2004-000141
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA
Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, de la Causa Signada con el N°-RP11-P-2004-000141. EJECUTESE de conformidad con lo Establecido en los artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el Penado: Oswaldo Rafael Martínez Ordosgoitte. Fue condenado a cumplir la pena de Un (01) Año y Seis (06) Meses de Prisión, mas, las accesorias Legales establecidas en el artículos 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, y como quiera que Consta en Auto que el referido penado no estuvo detenido. Y como la pena Impuesta, no excede, de Tres (3), Años, es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Acuerda Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario-Carúpano, a los Fines que le sea Practicado, Informe, Psico-Social, al Penado, Onesimo Ramón Villarroel, quien Opta, al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de Conformidad con el Articulo, 494,del Código Orgánico Procesal Penal; Igualmente se Acuerda Oficiar a la División de Antecedente Penales-Caracas, a Objeto de que Remita a la Mayor Brevedad Posible a este Tribunal, la Certificación de Antecedente Penales, correspondiente al Penado, en Cuestión. Notifíquese a las Partes, y .-Háganse las participaciones de Ley.-
El Juez Primero de Ejecución
ABG. JUAN FIGUEROA RADA
La Secretaria,
Abg. WENDY VALERIO.