DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del imputado MIGUEL JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ ZABALA, venezolano, de 34 años de edad, nacido en fecha 20/11/73, titular de la Cédula de Identidad N° 11.968.249, de estado civil casado, de profesión u oficio mecánico, hijo de Miguel Rodríguez y Sócrates Zabala de R., y residenciado en Guayacán de las Flores, Vereda 23, Casa N° 7, Sector Uno, Municipio Santa Catalina, Carúpano, Estado Sucre; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan las partes presentes debidamente notific.....