Decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado DALMIRO RAMON LA ROSA, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, de 30 años de edad, nacido en fecha 05-07-80, Casado, titular de la cédula de identidad Nº 15.243.143, de oficio Chofer, hijo de Carmen La Rosa y padre desconocido y residenciado en: Urbanización San Rafael, Playa Grande, Sector Las Casitas, Calle 19, Casa S/N, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana JULIANA COROMOTO GARBIZO INDRIAGO; Consistente en un régimen de presentaciones periódicas, cada quince (15) días, por el lapso de cuatro (04) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, todo de confo.....