Por todo lo Antes expuesto este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Medida de Protección en Colocación en Entidad de Atención intentada por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Cajigal, Yaguaraparo del Estado Sucre, en beneficio de los niños, en el Centro de Atención Integral Tunapuy, de conformidad con el Articulo 08, 30, 53, 126; literal "I", 394, 395 y 396 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, hasta cumplir los dieciocho (18) años. Ofíciese al Centro Integral Tunapuy, a fin de que les sean practicados a dichos niños, los estudios clínicos para descartar algún trastorno o limitación y sean incorporados, el padre y el grupo familiar, a un programa de educación y apoyo.-