definitivamente firme la Sentencia Condenatoria por Admisión de los Hechos dictada en fecha 13 de Enero del año 2006, por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en consecuencia, EJECUTESE de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto de dicha sentencia se evidencia que el penado, FRANCISCO JAVIER GARCIA CORDOVA, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 14/06/86 y titular de la cédula de identidad N° 18.591.631, domiciliado en guayacán de las Flores, Calle 08, casa N° 02, Carúpano Estado Sucre, a cumplir la pena de Un (01) Año y Seis (06) Meses de Prisión, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego