Por lo que, con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia, En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, contra el imputado RICHARD JOSE PATIÑO MEDINA, venezolano, soltero, de 40 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.222.045, natural de Cumaná; nacido en fecha 30-05-1973, de profesión u oficio técnico electricista actualmente laborando en la empresa Corporación Eléctrica Nacional CORPOELEC, hijo de Julián Patiño y Maria Medina; residenciado en Barbacoa, carretera vieja, Cumaná Puerto la Cruz, sector La Matica Grande, casa s/n, en construcción, cerca de la Gallera Los Hermanos Ramos, Cumaná, Estado Sucre, numero de teléfono: 0416-5829602; por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO PROPIO, previsto en el artículo 52 de la Ley .....